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Sean “Diddy” Combs declarado culpable de cargos federales de prostitución en Nueva York

Combs fue declarado culpable de transporte con fines de prostitución, pero absuelto de tráfico sexual y crimen organizado.

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Foto: Facebook/Diddy Combs

El magnate musical Sean “Diddy” Combs (55) fue hallado culpable el miércoles 2 de julio de 2025 de dos cargos de transporte con fines de prostitución en un juicio federal en la Corte del Distrito Sur de Nueva York (Manhattan). En contraste, el jurado lo absolvió de los cargos más graves de tráfico sexual y conspiración de crimen organizado (RICO). El proceso se ventiló ante el juez Arun Subramanian, y el veredicto mixto refleja que, tras días de deliberación, Combs fue declarado culpable solo de los cargos relacionados con la prostitución organizada, pero no culpable en los demás cargos.

Antecedentes y cargos federales

Combs fue detenido en septiembre de 2024 y acusado en una acusación inicial de tres cargos federales: conspiración para crimen organizado (RICO), tráfico sexual y transporte con fines de prostitución. En abril de 2025 se presentó una acusación ampliada, elevando a cinco el total de cargos (uno de RICO, dos de tráfico sexual y dos de transporte con fines de prostitución). En concreto, los cargos eran:

Conspiración de crimen organizado (Ley RICO, Título 18 U.S.C. § 1962) – un cargo de delito federal por supuestamente dirigir una “empresa criminal”.

Tráfico sexual por fuerza, fraude o coerción (Título 18 U.S.C. § 1591) – dos cargos que implicaban la coacción de sus exnovias a fines sexuales.

Transporte con fines de prostitución (Título 18 U.S.C. § 2421(a)) – dos cargos por llevar a personas, incluidas sus exparejas, a participar en prostitución.

Ilustración de Combs y su equipo legal durante el juicio. Cortesía.

Estos cargos se basan en el Código Federal de EE.UU. (Título 18). Por ejemplo, el delito de transporte con fines de prostitución corresponde a la Sección 2421(a) del Título 18 (conocido como “Ley Mann”). Los cargos de tráfico sexual implican violaciones a la Sección 1591 del Título 18, y la conspiración RICO al Título 18, Sección 1962. En el juicio comparecieron 34 testigos, incluyendo a dos exnovias de Combs (la cantante Cassie Ventura y otra mujer identificada como “Jane”), quienes relataron haber sido forzadas a actos sexuales con terceros

Veredicto del juicio

El 2 de julio de 2025, después de más de dos días de deliberación, el jurado emitió un veredicto dividido. Combs fue declarado culpable de ambos cargos de transporte con fines de prostitución –uno relacionado con Cassie Ventura y otro con “Jane”–. En cambio, el jurado lo declaró no culpable de los dos cargos de tráfico sexual y del cargo de conspiración RICO.

En resumen, los cinco cargos originales quedaron resueltos así: en los cargos 1, 2 y 4 (RICO y tráfico sexual) el veredicto fue no culpable, mientras que en los cargos 3 y 5 (transporte con fines de prostitución) fue culpable. Tras el anuncio, Combs reaccionó arrodillándose y rezando brevemente, mientras su familia aplaudía en el tribunal. La fiscalía adelantó que pedirá una pena elevada para Combs debido a la gravedad de los delitos probados, mientras que la defensa ha solicitado su liberación bajo fianza, argumentando que se trata de su primera condena

Implicaciones legales

l caso se tramitó bajo leyes federales de EE.UU. En particular, el cargo por transporte con fines de prostitución se fundamenta en la Sección 2421(a) del Título 18 del Código de EE.UU. Que castiga como delito federal el transporte interestatal con intención de prostitución. Los cargos de tráfico sexual respondían a la Ley de Protección de Víctimas de Trata (18 U.S.C. § 1591). El cargo de conspiración RICO corresponde a la Ley de Influenced and Corrupt Organizations (18 U.S.C. § 1962).

En la corte de Manhattan quedó claro que, aunque Combs enfrentaba acusaciones de tráfico sexual y crimen organizado, el jurado únicamente lo condenó por prostitución bajo la ley federal. Esta distinción es clave: Combs no fue declarado culpable de participar en una red de tráfico sexual coercitivo, sino únicamente de haber transportado a sus parejas para fines de prostitución. De esta forma, el veredicto refleja una separación legal de los delitos imputados, como lo requiere el proceso penal federal.

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